/ sábado 29 de agosto de 2020

 Las normas para el control y vigilancia de la calidad del agua

Esta semana impartí un curso para el Gobierno del Estado de México, fui invitado por la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) y la Asociación Nacional de Empresas de Agua y Saneamiento en México A.C. (ANEAS) mediante un programa llamado Escuela del Agua.

Este programa fue diseñado hace 6 o 7 años y tiene como objetivo capacitar al personal de los sistemas de agua y saneamiento de todo el país, la CONAGUA y las Comisiones Estatales de Agua conjuntan recursos para impartir estas capacitaciones.

Esto es muy importante por varias razones: primero, los sistemas presentan un bajísimo indice de experiencia de su personal directivo, en algunos estados, como Morelos por ejemplo, el 80% de los directores de un sistema operador de agua potable y saneamiento nunca han tenido ninguna experiencia en el tema antes de ser nombrados directores ¿Qué podemos esperar de alguien sin experiencia para resolver problemas tan complejos técnica, social y políticamente hablando?

Segundo, la tasa de rotación del personal directivo de los sistemas de agua y saneamiento en nuestro país es muy alta, quizá por lo anterior, el hecho es que en México un titular de un organismo operador dura en su encargo poco mas de un año y medio ¿Qué planeación y qué continuidad puede haber en los organismos para resolver sus problemas de escasez de agua, de contaminación, de recaudación, de infraestructura?

Y tercero, el personal técnico si permanece en su encargo hasta su jubilación, pero cuando se va, normalmente se lleva toda la experiencia y conocimiento, porque no hay manuales de procedimientos establecidos para quien ocupe esa plaza, en muchas ocasiones no hay ni planos para ubicar por donde pasa una red y de qué características es.

Así que la relevancia del programa es mayúscula, fue diseñado en su origen entre la CONAGUA y la ANEAS pero después se asignó al Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA) su implementación.

En la Escuela del Agua imparto el curso de Normatividad aplicable al Sector Agua Potable y Saneamiento, es un curso práctico en el que revisamos desde la Constitución los artículos que dan origen y fundamento a las tareas de gestión del agua, los contenidos de la Ley de Aguas Nacionales, la Ley Federal de Derechos, las Normas Oficiales Mexicanas que establecen los límites máximos permisibles de calidad que deben tener las aguas para uso y consumo humano, y las que deben cumplir las descargas de aguas residuales, también revisamos algunas recomendaciones que dan los organismos internacionales a los sistemas de agua y saneamiento derivadas de la pandemia por el COVID-19.

En este marco normativo tan amplio hay muchas cosas que comentar, hoy solo quiero llamar la atención a la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994. “Salud ambiental. Agua para uso y consumo humano”, que establece los límites permisibles de calidad del agua potable y los tratamientos a que debe someterse para su potabilización. Esta norma fue publicada el 18 de enero de 1996 y modificada el 22 de noviembre de 2000. Regula las características físicas del agua, las organolépticas (color, olor, sabor), las químicas (arsénico, flúor, nitratos, y muchas más) y hasta las radioactivas. El problema es que desde hace más de dos décadas no se ha podido cumplir con esta norma, así lo demuestran diversos estudios realizados por organizaciones públicas y privadas como las comentadas la semana pasada. Pues el 6 de diciembre de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-127-SSA1-2017 “Agua para uso y consumo humano. Límites permisibles de la calidad del agua” para su consulta pública como lo marca la Ley.

La NOM-127-SSA1-1994 reguló 36 parámetros, la NOM-127-SSA1- 1994-2000 41 parámetros, y el presente proyecto de norma PROY-NOM-127-SSA1- 2017 considera 102 parámetros, ¿será que haciendo más estricta la Norma podremos mejorar la calidad del agua que llega a nuestros hogares? ¿Es lo que faltaba? Usted ¿qué opina?

Esta semana impartí un curso para el Gobierno del Estado de México, fui invitado por la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) y la Asociación Nacional de Empresas de Agua y Saneamiento en México A.C. (ANEAS) mediante un programa llamado Escuela del Agua.

Este programa fue diseñado hace 6 o 7 años y tiene como objetivo capacitar al personal de los sistemas de agua y saneamiento de todo el país, la CONAGUA y las Comisiones Estatales de Agua conjuntan recursos para impartir estas capacitaciones.

Esto es muy importante por varias razones: primero, los sistemas presentan un bajísimo indice de experiencia de su personal directivo, en algunos estados, como Morelos por ejemplo, el 80% de los directores de un sistema operador de agua potable y saneamiento nunca han tenido ninguna experiencia en el tema antes de ser nombrados directores ¿Qué podemos esperar de alguien sin experiencia para resolver problemas tan complejos técnica, social y políticamente hablando?

Segundo, la tasa de rotación del personal directivo de los sistemas de agua y saneamiento en nuestro país es muy alta, quizá por lo anterior, el hecho es que en México un titular de un organismo operador dura en su encargo poco mas de un año y medio ¿Qué planeación y qué continuidad puede haber en los organismos para resolver sus problemas de escasez de agua, de contaminación, de recaudación, de infraestructura?

Y tercero, el personal técnico si permanece en su encargo hasta su jubilación, pero cuando se va, normalmente se lleva toda la experiencia y conocimiento, porque no hay manuales de procedimientos establecidos para quien ocupe esa plaza, en muchas ocasiones no hay ni planos para ubicar por donde pasa una red y de qué características es.

Así que la relevancia del programa es mayúscula, fue diseñado en su origen entre la CONAGUA y la ANEAS pero después se asignó al Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA) su implementación.

En la Escuela del Agua imparto el curso de Normatividad aplicable al Sector Agua Potable y Saneamiento, es un curso práctico en el que revisamos desde la Constitución los artículos que dan origen y fundamento a las tareas de gestión del agua, los contenidos de la Ley de Aguas Nacionales, la Ley Federal de Derechos, las Normas Oficiales Mexicanas que establecen los límites máximos permisibles de calidad que deben tener las aguas para uso y consumo humano, y las que deben cumplir las descargas de aguas residuales, también revisamos algunas recomendaciones que dan los organismos internacionales a los sistemas de agua y saneamiento derivadas de la pandemia por el COVID-19.

En este marco normativo tan amplio hay muchas cosas que comentar, hoy solo quiero llamar la atención a la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994. “Salud ambiental. Agua para uso y consumo humano”, que establece los límites permisibles de calidad del agua potable y los tratamientos a que debe someterse para su potabilización. Esta norma fue publicada el 18 de enero de 1996 y modificada el 22 de noviembre de 2000. Regula las características físicas del agua, las organolépticas (color, olor, sabor), las químicas (arsénico, flúor, nitratos, y muchas más) y hasta las radioactivas. El problema es que desde hace más de dos décadas no se ha podido cumplir con esta norma, así lo demuestran diversos estudios realizados por organizaciones públicas y privadas como las comentadas la semana pasada. Pues el 6 de diciembre de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-127-SSA1-2017 “Agua para uso y consumo humano. Límites permisibles de la calidad del agua” para su consulta pública como lo marca la Ley.

La NOM-127-SSA1-1994 reguló 36 parámetros, la NOM-127-SSA1- 1994-2000 41 parámetros, y el presente proyecto de norma PROY-NOM-127-SSA1- 2017 considera 102 parámetros, ¿será que haciendo más estricta la Norma podremos mejorar la calidad del agua que llega a nuestros hogares? ¿Es lo que faltaba? Usted ¿qué opina?