/ jueves 28 de marzo de 2019

Lucha y sobrevivencia de las estancias infantiles

Tras la publicación del Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras, nuevamente un sinnúmero de amparos han comenzado a inundar los juzgados federales en todo el país.

Los primeros que fueron presentados se habían enfocado en la reducción presupuestal; y después, la nueva oleada de amparos, surgió para combatir la falta de publicación de las reglas.

En términos generales, esta nueva normatividad operativa tiene algunos visos de ilegalidad. Como primer aspecto llama la atención que existe una diferencia con el texto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio 2019, ya que lo efectivamente discutido y aprobado en la Cámara de Diputados fue el Programa de Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras, más no el Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras.

Junto con los recursos etiquetados a ese nombre, también cambia la esencia del programa al otorgar los apoyos directamente a los beneficiarios y dejando fuera de todo proceso administrativo a las Estancias Infantiles. La intencionalidad de omitir mencionarlos y otorgar directamente los apoyos a los beneficiarios está en sintonía con los nuevos criterios de los programas sociales en enero por la Secretaría de Bienestar; sin embargo, deja a las Estancias en total indefensión ya que esta omisión deliberada les impide defenderse y acreditar administrativamente que no son “corruptas”, como dicen las autoridades.

De acuerdo con el Coneval, en la Ficha de Monitoreo 2017-2018 Programa de Estancias Infantiles (PEI) para apoyar a madres trabajadoras Secretaría de Desarrollo Social, señala que desde su creación en 2007, las personas beneficiarias consideran que sí contribuyó a mejorar su calidad de vida y la de sus hijos, ya que les brindó la posibilidad de contar con empleo, salud mental, salud física e ingresos monetarios.

Además de ser un espacio de cuidado infantil para las familias de bajos recursos, permitía la socialización, la diversidad de su dieta y el desarrollar su comportamiento individual-social. Sin importar las evaluaciones y resultados documentados, las reglas de operación del actual programa destruyen los espacios construidos que durante más de 10 años se construyeron con el manejo eficiente de recursos públicos y privados

Por otra parte, en un Estado social de derecho, el fin último de toda política pública constituye el bienestar y cumplimiento de los derechos. El Estado Mexicano no sólo tiene la obligación de reconocer derechos, sino también de respetarlos, protegerlos y realizarlos progresivamente; y en este sentido, siendo México parte de la Convención sobre los Derechos del Niño, se comprometió a observar el principio del interés superior del Niño, invertir más en la infancia y darle visibilidad en los presupuestos. Así como, todos los instrumentos internacionales a favor de la mujer y su desarrollo.

La propia CNDH ha sostenido en este asunto que “alegar presuntos actos de corrupción e irregularidades o problemas administrativos no exime a las autoridades de cumplir sus obligaciones, ni justifica el que se deje de lado el respeto de los derechos humanos.” Ha señalado también que, con la eliminación de las Estancias Infantiles se pone en riesgo el cumplimiento de los derechos y se generará riesgo para la integridad, seguridad y posibilidades de desarrollo de los niños y niñas, en tanto madres y padres tendrán que valorar su nueva condición para organizar sus tiempos de cuidado y laborales.

Nuevamente será el Poder Judicial el que deba definir sobre la continuidad o no, de una política pública. El Programa de Estancias Infantiles se enfrenta para su sobrevivencia al gobierno federal y aunque hay elementos que permiten suponer que los amparos serán concedidos, no debemos olvidar que no existe una real división de poderes.

Esperemos que esta institución de política social encuentre un punto de equilibrio, desde lo jurisdiccional.

Tras la publicación del Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras, nuevamente un sinnúmero de amparos han comenzado a inundar los juzgados federales en todo el país.

Los primeros que fueron presentados se habían enfocado en la reducción presupuestal; y después, la nueva oleada de amparos, surgió para combatir la falta de publicación de las reglas.

En términos generales, esta nueva normatividad operativa tiene algunos visos de ilegalidad. Como primer aspecto llama la atención que existe una diferencia con el texto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio 2019, ya que lo efectivamente discutido y aprobado en la Cámara de Diputados fue el Programa de Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras, más no el Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras.

Junto con los recursos etiquetados a ese nombre, también cambia la esencia del programa al otorgar los apoyos directamente a los beneficiarios y dejando fuera de todo proceso administrativo a las Estancias Infantiles. La intencionalidad de omitir mencionarlos y otorgar directamente los apoyos a los beneficiarios está en sintonía con los nuevos criterios de los programas sociales en enero por la Secretaría de Bienestar; sin embargo, deja a las Estancias en total indefensión ya que esta omisión deliberada les impide defenderse y acreditar administrativamente que no son “corruptas”, como dicen las autoridades.

De acuerdo con el Coneval, en la Ficha de Monitoreo 2017-2018 Programa de Estancias Infantiles (PEI) para apoyar a madres trabajadoras Secretaría de Desarrollo Social, señala que desde su creación en 2007, las personas beneficiarias consideran que sí contribuyó a mejorar su calidad de vida y la de sus hijos, ya que les brindó la posibilidad de contar con empleo, salud mental, salud física e ingresos monetarios.

Además de ser un espacio de cuidado infantil para las familias de bajos recursos, permitía la socialización, la diversidad de su dieta y el desarrollar su comportamiento individual-social. Sin importar las evaluaciones y resultados documentados, las reglas de operación del actual programa destruyen los espacios construidos que durante más de 10 años se construyeron con el manejo eficiente de recursos públicos y privados

Por otra parte, en un Estado social de derecho, el fin último de toda política pública constituye el bienestar y cumplimiento de los derechos. El Estado Mexicano no sólo tiene la obligación de reconocer derechos, sino también de respetarlos, protegerlos y realizarlos progresivamente; y en este sentido, siendo México parte de la Convención sobre los Derechos del Niño, se comprometió a observar el principio del interés superior del Niño, invertir más en la infancia y darle visibilidad en los presupuestos. Así como, todos los instrumentos internacionales a favor de la mujer y su desarrollo.

La propia CNDH ha sostenido en este asunto que “alegar presuntos actos de corrupción e irregularidades o problemas administrativos no exime a las autoridades de cumplir sus obligaciones, ni justifica el que se deje de lado el respeto de los derechos humanos.” Ha señalado también que, con la eliminación de las Estancias Infantiles se pone en riesgo el cumplimiento de los derechos y se generará riesgo para la integridad, seguridad y posibilidades de desarrollo de los niños y niñas, en tanto madres y padres tendrán que valorar su nueva condición para organizar sus tiempos de cuidado y laborales.

Nuevamente será el Poder Judicial el que deba definir sobre la continuidad o no, de una política pública. El Programa de Estancias Infantiles se enfrenta para su sobrevivencia al gobierno federal y aunque hay elementos que permiten suponer que los amparos serán concedidos, no debemos olvidar que no existe una real división de poderes.

Esperemos que esta institución de política social encuentre un punto de equilibrio, desde lo jurisdiccional.

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