/ lunes 3 de mayo de 2021

A pesar de la pandemia sí habrá reparto de utilidades: CTM

Las empresas ya están entregando las declaraciones anuales correspondientes, confirmó el secretario de la confederación de trabajadores

El secretario general de la Confederación Mexicana de Trabajadores (CTM), Andrés Tufiño Barrera, informó que a pesar de que durante el 2020 la industria se vio afectada por la contingencia sanitaria, sí habrá pago de utilidades.

“La industria sí se vio afectada pero sí hubo utilidades, mínimas pero sí hubo, por lo que las empresas deberán de cumplir con este pago a sus trabajadores de acuerdo a cómo les corresponda”.

Tufiño Barrera informó que ya las empresas están entregando las declaraciones anuales, mismas que se están revisando con las comisiones designadas a fin de que todo sea conforme a derecho.

De acuerdo a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, el reparto de utilidades debe de efectuarse 60 días después de la fecha en que se está obligado a pagar el impuesto anual (31 de marzo).

Por lo que respecta a personas morales del régimen general, deberá entregarse al trabajador su participación en las utilidades a más tardar el 30 de mayo y el 30 de junio para las personas físicas con alguna actividad empresarial.

Este beneficio contempla a los trabajadores de forma continua o discontinua, los cuales laboraron al menos 60 días en una empresa durante el año pasado, independientemente si ya no trabaja en ella o tengan contrato por obra determinada.

La utilidad para el trabajador de manera individual se determina acorde a la mitad de las utilidades conforme a los días trabajados y la otra mitad de acuerdo con el monto de los salarios percibidos.

De cumplirse el plazo y no haber recibido el pago, los trabajadores afectados podrán presentar su queja para verificar si esa empresa tuvo utilidades o está exenta de la prestación a sus empleados.

Tufiño Barrera señaló que si la empresa evadió la responsabilidad de entregar la prestación a los trabajadores, además de ser obligada a que realice el pago si es que hubo ganancias, se hará acreedora a una sanción económica.

Solamente quedan exentas del reparto de utilidades las instituciones privadas que no tengan fines de lucro, organismos públicos descentralizados y las empresas cuyo capital sea menor al que se fija por ramas de la industria.

A pesar de que durante el 2020 la industria se vio afectada por la contingencia sanitaria, sí habrá pago de utilidades.

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El secretario general de la Confederación Mexicana de Trabajadores (CTM), Andrés Tufiño Barrera, informó que a pesar de que durante el 2020 la industria se vio afectada por la contingencia sanitaria, sí habrá pago de utilidades.

“La industria sí se vio afectada pero sí hubo utilidades, mínimas pero sí hubo, por lo que las empresas deberán de cumplir con este pago a sus trabajadores de acuerdo a cómo les corresponda”.

Tufiño Barrera informó que ya las empresas están entregando las declaraciones anuales, mismas que se están revisando con las comisiones designadas a fin de que todo sea conforme a derecho.

De acuerdo a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, el reparto de utilidades debe de efectuarse 60 días después de la fecha en que se está obligado a pagar el impuesto anual (31 de marzo).

Por lo que respecta a personas morales del régimen general, deberá entregarse al trabajador su participación en las utilidades a más tardar el 30 de mayo y el 30 de junio para las personas físicas con alguna actividad empresarial.

Este beneficio contempla a los trabajadores de forma continua o discontinua, los cuales laboraron al menos 60 días en una empresa durante el año pasado, independientemente si ya no trabaja en ella o tengan contrato por obra determinada.

La utilidad para el trabajador de manera individual se determina acorde a la mitad de las utilidades conforme a los días trabajados y la otra mitad de acuerdo con el monto de los salarios percibidos.

De cumplirse el plazo y no haber recibido el pago, los trabajadores afectados podrán presentar su queja para verificar si esa empresa tuvo utilidades o está exenta de la prestación a sus empleados.

Tufiño Barrera señaló que si la empresa evadió la responsabilidad de entregar la prestación a los trabajadores, además de ser obligada a que realice el pago si es que hubo ganancias, se hará acreedora a una sanción económica.

Solamente quedan exentas del reparto de utilidades las instituciones privadas que no tengan fines de lucro, organismos públicos descentralizados y las empresas cuyo capital sea menor al que se fija por ramas de la industria.

A pesar de que durante el 2020 la industria se vio afectada por la contingencia sanitaria, sí habrá pago de utilidades.

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