/ sábado 29 de junio de 2019

Detienen el gasoducto

Un juez otorgó la suspensión a favor de ejidatarios por ocupación ilegal

El Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Morelos decretó otorgar la suspensión de plano a favor de ejidatarios de Amilcingo del municipio de Temoac contra los actos de autoridad ejercidos por la Secretaría de Energía y otras por la ilegal ocupación de las tierras del citado ejido para la construcción, ocupación y operación del Gasoducto Morelos, tras ser admitida la demanda de amparo bajo el número de expediente 642/2019 promovida por los quejosos.

Toda vez que el pasado mes de abril el juez noveno de distrito en el estado de Morelos, Guillermo Amaro Correa decidió desechar la demanda de amparo indirecto interpuesta por parte de ejidatarios de Amalcingo, quienes tras dicha resolución interpusieron el recurso de queja con el número 159/2019 que contempla la ley de amparo tras dicha resolución, por lo que fue ventilado ante el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa del Décimo Octavo Circuito.

Por lo que el Primer Tribunal Colegiado resolvió con fecha 20 de junio de este año admitir el juicio de amparo promovido por el ejido de Amilcingo del municipio de Temoac, por lo que en consecuencia, se le notificó al Juez del Noveno Distrito en Morelos que dicho recurso de queja había sido procedente por lo que tenía que dar cabal cumplimiento a la sentencia dictada por su superior.

Debido a esto el juez de Noveno Distrito determinó que el próximo 19 de julio del año en curso se tuviera verificativo para la audiencia constitucional, en tanto comunicó a todas y cada una de las autoridades responsables la suspensión de plano para que se dejará de realizar cualquier operación o maniobra en la construcción, operación y funcionamiento del Gasoducto Morelos, hasta en tanto se dicte la sentencia en el Juicio de Amparo.

El Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Morelos decretó otorgar la suspensión de plano a favor de ejidatarios de Amilcingo del municipio de Temoac contra los actos de autoridad ejercidos por la Secretaría de Energía y otras por la ilegal ocupación de las tierras del citado ejido para la construcción, ocupación y operación del Gasoducto Morelos, tras ser admitida la demanda de amparo bajo el número de expediente 642/2019 promovida por los quejosos.

Toda vez que el pasado mes de abril el juez noveno de distrito en el estado de Morelos, Guillermo Amaro Correa decidió desechar la demanda de amparo indirecto interpuesta por parte de ejidatarios de Amalcingo, quienes tras dicha resolución interpusieron el recurso de queja con el número 159/2019 que contempla la ley de amparo tras dicha resolución, por lo que fue ventilado ante el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa del Décimo Octavo Circuito.

Por lo que el Primer Tribunal Colegiado resolvió con fecha 20 de junio de este año admitir el juicio de amparo promovido por el ejido de Amilcingo del municipio de Temoac, por lo que en consecuencia, se le notificó al Juez del Noveno Distrito en Morelos que dicho recurso de queja había sido procedente por lo que tenía que dar cabal cumplimiento a la sentencia dictada por su superior.

Debido a esto el juez de Noveno Distrito determinó que el próximo 19 de julio del año en curso se tuviera verificativo para la audiencia constitucional, en tanto comunicó a todas y cada una de las autoridades responsables la suspensión de plano para que se dejará de realizar cualquier operación o maniobra en la construcción, operación y funcionamiento del Gasoducto Morelos, hasta en tanto se dicte la sentencia en el Juicio de Amparo.

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