Llama SCJN a cumplir con el pago de pensiones del Poder Judicial

La Suprema Corte otorga un plazo de diez días hábiles para que se sé cabal cumplimiento a lo ordenado

Miriam Estrada Dorantes

  · viernes 12 de abril de 2019

Foto: Froylán Trujillo / Froylán Trujillo | El Sol de Cuernavaca

La Suprema Corte de Justicia de la Nación requirió se cumpla con el pago de pensiones del Poder Judicial.

De esta manera, se advierte al Poder Legislativo de Morelos que el Poder Judicial requirió 105 millones 450 mil 34 pesos con 49 centavos para las jubilaciones, no obstante, sólo se le asignó una partida presupuestal de 80 millones de pesos.

Por ello, emplaza al Poder Legislativo del Estado de Morelos para que en el plazo de diez días hábiles -contados a partir de la notificación del acuerdo, dé cabal cumplimiento a lo ordenado.

... fracción 11 del Acuerdo del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de veinticinco de febrero del dos mil diecinueve, relacionado con el cumplimiento de las ejecutorias derivadas de las controversias constitucionales falladas por las Salas de este Alto Tribunal, relativas al pago de pensiones de servidores públicos adscritos al Tribunal Superior de Justicia del Estado de Morelos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el cuatro de marzo pasado, esto es, para que autorice la ampliación presupuestaria necesaria para cubrir el monto de las pensiones -fijado por el Poder Judicial, o bien para que dentro de ese mismo plazo de diez días informe si dicha ampliación se llevará a cabo en una fecha posterior, siempre y cuando permita el cumplimiento del pago de las pensiones de manera oportuna, conforme a las fechas límite que correspondan a cada uno ele los bloques ordenados de manera cronológica en el acuerdo Plenario antes señalado

Advirtió que de conformidad con el acuerdo plenario de 25 de febrero de 2019, corresponde al Poder Judicial de Morelos determinar el monto necesario para cubrir las pensiones respectivas y al Congreso del Estado de Morelos autorizar la partida presupuestal correspondiente en el Presupuesto de Egresos del Poder Judicial local.


Sin que se hubiere reservado en favor del Poder Legislativo del Estado de Morelos un margen de apreciación para determinar el monto necesario

Lo anterior con el fin de dar cumplimiento de manera individual de las 116 sentencias recaídas en las controversias constitucionales relativas al pago de pensiones de servidores públicos.