Apenas concluido el registro de las y los candidatos a puestos de elección popular en el estado se ha puesto en duda el compromiso de si cerrarle o no a los agresores de mujeres, por un lado el Instituto de la Mujer para el Estado de Morelos (IMM) ha dicho desde un pronunciamiento público hecho por su presidenta, Flor Desiré León Hernández, que ningún agresor sentenciado debe participar en el proceso electoral; en cambio para los consejeros del Instituto Morelense de Procesos Electorales y de Participación Ciudadana (Impepac), le ha dado entrada a su solicitud a uno de ellos.
Es el actual presidente municipal de Tetela del Volcán, Israel González Pérez, quien busca ser reelecto bajo las siglas del partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), el ejemplo más reciente sobre si cerrarle la puerta o no a los agresores debe ser solo un acto legal o también moral; y es que el político en mención fue acusado y luego sentenciado por ejercer violencia contra víctima Susana Isabel Herrera Rodríguez, Regidora del municipio de Tetela del Volcán.
Con el expediente TEEM/JDC/81/2010-3 el Tribunal Estatal Electoral sentenció al alcalde a garantizar el salario y las condiciones necesarias para que la regidora pudiera desarrollar sus funciones, ya que la denuncia tuvo como fondo que se le retiró los pagos correspondientes a sus funciones, además de otros actos que impidieron el libre ejercicio de sus derechos.
Con todo y lo anterior González Pérez utiliza elementos jurídicos para evitar cumplir con la sentencia, además de que ha librado que su nombre fuera inscrito en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género del Instituto Nacional Electoral (INE).
En este registro por el momento son 24 los señalados en los estados de Veracruz con 9, Campeche 4, Quintana Roo 4, Yucatán 2, Baja California Sur 1, Hidalgo 1, Oaxaca 1, Querétaro 1, Sonora 1, y 1 en Tabasco, ninguno del estado de Morelos.
Pero el caso de la regidora no es la única, también ha sido denunciado y sentenciado por el mismo TEE tras haber ejercido violencia política contra la síndica Marixa Mirella Castro Mendoza, a quien el edil le retiró el personal a su cargo, y fue ella misma quien envió una carta a Morena para que le negaran la candidatura.
En sus redes sociales el IMM publicó: “Refiriéndome específicamente a lo expuesto en el acuerdo en comento, que figura como: Respuesta a la Consulta, la cual cito: En términos de lo antes expuesto, se señala que no se pueden restringir los derechos políticos electorales del ciudadano Israel González Pérez, ya que si bien es cierto, existe una resolución que determino que cometió actos constitutivos de violencia política en razón de género contra una mujer, esta determinación se emitió antes del criterio establecido por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por lo tanto, dicho ciudadano no se encuentra registrado en la lista de personas sancionadas en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género”, como la respuesta que se obtuvo del órgano electoral a un oficio entregado por el IMM
Calificó como “sin perspectiva de género”, el actuar del Impepac lo que se traduce en “resistencias indirectas” para impedir el paso a los agresores.
Esperamos que el Impepac no pierda de vista que, los actos de violencia contravienen el sentido sustancial de una democracia paritaria, y puntualizo que, éste principio Constitucional forma parte de nuestro ordenamiento jurídico en la Entidad, desde junio de 2020.
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