Pretenden multar a los "teporochos" de la Juan Morales con servicio comunitario

"Sería una buena idea, con el apoyo del Ayuntamiento y la Seguridad Pública para que se aplique"

Emmanuel Ruiz | El Sol de Cuautla

  · sábado 18 de enero de 2020

Archivo | El Sol de Cuautla

El ayudante municipal de la colonia Juan Morales, Javier Anzurez Medel, habló del proyecto que busca que las personas que sean sorprendidas ingiriendo bebidas alcohólicas en la vía pública sean multadas ya no económicamente, sino realizando servicio comunitario.

"Sería una buena idea, con el apoyo del Ayuntamiento y la Seguridad Pública para que se aplique", expresó.

La autoridad auxiliar consideró que el servicio comunitario podría ir de realizar limpieza en las calles a hacerlo también en espacios públicos, como los parques y el panteón de la localidad, así como otras tareas.

La idea no es nueva en Latinoamérica: en 2017, estas medidas ya fueron implementadas en La Paz, Bolivia, cuando un grupo de personas que fueron arrestadas por consumir bebidas alcohólicas en la vía pública fueron sancionadas con trabajo comunitario, como la limpieza de canales de drenaje.

En 2019, autoridades modificaron el Reglamento de Policía y Vialidad de León, Guanajuato, para que los infractores con multas inferiores a 18 Unidades de Medida y Actualización (UMA) tuvieran la opción de sustituir este pago por trabajo comunitario.

¿Hay sustento legal?

En su artículo 19, la Ley de Cultura Cívica del Estado de Morelos señala que la ingesta de bebidas alcohólicas en espacios no permitidos puede ser objeto de una infracción:

"Ingerir bebidas alcohólicas en lugares públicos no autorizados o encontrarse en notorio estado de ebriedad, alterando el orden público o poniendo en riesgo la seguridad de las personas o sus bienes, así como consumir, ingerir, inhalar o aspirar estupefacientes, psicotrópicos, enervantes o sustancias tóxicas en lugares públicos, independientemente de los delitos en que se incurra", señala la fracción IV de este artículo.

La misma Ley señala que esta infracción se sancionará con una multa equivalente de 21 a 30 veces el valor diario de la UMA (es decir, hasta dos mil 606 pesos), o con un arresto de 25 a 36 horas.

Si bien la Ley en el tema considera el trabajo comunitario como una forma de cubrir una multa, sólo lo aborda al momento de establecer la infracción para quienes realicen inscripciones, leyendas, consignas, anuncios y otras marcas en inmuebles o muebles públicos o privados, dañando su estado original sin contar con la autorización del propietario.

En estos casos, la Ley acuerda, además del pago de multa o del arresto, de 100 a 200 días de trabajo comunitario.

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