/ sábado 5 de enero de 2019

Reemplacamiento no es capricho: SMyT

"Está contemplado en la ley que debe hacerse cada tres años según lo establece la publicación del 25 de septiembre del 200 en el Diario Oficial de la Federación", en caso de no hacerlo las entidades son sancionadas

El secretario de Movilidad y Transporte, Víctor Mercado Salgado, recordó que el reemplacamiento no es un tema a capricho del gobierno estatal, está contemplado en la ley que debe hacerse cada tres años según lo establece la publicación del 25 de septiembre del 200 en el Diario Oficial de la Federación porque en caso de no hacerlo las entidades son sancionadas, incluso es una obligación el registro de vehículos.

Dicha norma señala en su artículo séptimo "la vigencia de las placas será de tres años, contados a partir de que las entidades federativas, el Distrito Federal o la Secretaría hayan realizado sus canjes totales de placas...".

Y agrega:

Las entidades federativas y el Distrito Federal que no hayan realizado el canje de placas, comunicarán a la Secretaría la fecha en que iniciará su respectivo canje sin que este periodo sea mayor a 60 días naturales a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo y en función de esta fecha deberán solicitar la autorización de las características y especificaciones correspondientes.

Por lo anterior, Mercado Salgado, subrayó:

Es una norma federal que se debe cumplir, y es para dar seguridad jurídica a la propiedad, porque ningún vehículo esta registrado en el REPUVE ahora vamos a provechar para registrarlos en este sistema, desde los particulares hasta del servicio público.

-¿Si no se aprueba en el congreso el reemplacamiento, hay otra salida?.

"No pasa nada, simplemente se lleva a cabo el refrendo y no pasaría nada".

El secretario de Movilidad y Transporte, Víctor Mercado Salgado, recordó que el reemplacamiento no es un tema a capricho del gobierno estatal, está contemplado en la ley que debe hacerse cada tres años según lo establece la publicación del 25 de septiembre del 200 en el Diario Oficial de la Federación porque en caso de no hacerlo las entidades son sancionadas, incluso es una obligación el registro de vehículos.

Dicha norma señala en su artículo séptimo "la vigencia de las placas será de tres años, contados a partir de que las entidades federativas, el Distrito Federal o la Secretaría hayan realizado sus canjes totales de placas...".

Y agrega:

Las entidades federativas y el Distrito Federal que no hayan realizado el canje de placas, comunicarán a la Secretaría la fecha en que iniciará su respectivo canje sin que este periodo sea mayor a 60 días naturales a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo y en función de esta fecha deberán solicitar la autorización de las características y especificaciones correspondientes.

Por lo anterior, Mercado Salgado, subrayó:

Es una norma federal que se debe cumplir, y es para dar seguridad jurídica a la propiedad, porque ningún vehículo esta registrado en el REPUVE ahora vamos a provechar para registrarlos en este sistema, desde los particulares hasta del servicio público.

-¿Si no se aprueba en el congreso el reemplacamiento, hay otra salida?.

"No pasa nada, simplemente se lleva a cabo el refrendo y no pasaría nada".

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