La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) someterá a discusión esta semana las facultades que tienen las Fuerzas Armadas para efectuar detenciones durante sus labores de apoyo en tareas de seguridad pública.
Se trata de la acción de inconstitucionalidad 63/2019, la cual forma parte de los asuntos prioritarios que acordó resolver el Pleno del Máximo Tribunal luego de una solicitud expresa hecha por el presidente de la Cámara de Diputados, Santiago Creel, debido a ser temas relacionados con militarización del país.
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Este recurso, presentado en junio de 2019 por el entonces presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), Luis Raúl González Pérez, pretende eliminar los artículos 19 y quinto transitorio de la Ley Nacional del Registro de Detenciones por considerar que da pie al menos a dos interpretaciones que ponen en riesgo la seguridad jurídica de los eventuales detenidos.
El Registro Nacional de Detenciones (RND) es una herramienta a cargo de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana que, en teoría, permite localizar a las personas inmediatamente después de su detención, ya que sus datos deben ser ingresados al momento siguiente de haber sido capturado por cualquier autoridad.
Fue creado para intentar evitar que las autoridades cometan abusos con detenciones arbitrarias e ilegales, además de combatir la tortura y la desaparición forzada a través del seguimiento de la ubicación de la persona, desde que es detenida hasta que se determina su situación jurídica.
Sin embargo, durante la deliberación para establecer el marco jurídico que diera paso al RND, los legisladores establecieron en el artículo 19 que al realizar una detención la Fuerzas Armadas deben dar aviso a las autoridades de seguridad pública para que sean estas las que ingresen los datos de las personas.
Mientras, en el quinto transitorio señala que actuar se deberá regir conforme a lo establecido en el decreto presidencial del 23 de marzo de 2019 por el que se reformaron, derogaron y adicionaron diversas disposiciones de la Constitución en materia de la Guardia Nacional, lo que a decir de la CNDH “genera incertidumbre jurídica”.
Esto, porque la Comisión entonces a cargo de González Pérez estimó que los artículos generan al menos dos maneras de entender el actuar del Ejército, la Marina y la Guardia Nacional, pues no deja claro si están o no obligadas a registrar la detención de los posibles criminales.
“A esta Comisión Nacional de los Derechos Humanos le causa una especial preocupación el hecho de que el Congreso de la Unión haya sido omiso en regular los elementos mínimos que debía contener la (Ley) Nacional del Registro de Detenciones, de manera que tanto las autoridades como los gobernados, se encuentran en un estado de incertidumbre que deviene de la deficiencia normativa”, acusó.
Con esto, la CNDH advierte que se violan el derecho a la seguridad jurídica de los detenidos, los principios de legalidad e inmediatez para ser identificados en el Registro Nacional de Detenciones, así como la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos.
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El proyecto sobre este asunto está a cargo del ministro Javier Laynez Potisek, quien aún no lo ha hecho público, pero éste se podría discutir el próximo martes y sería el primero en ser resuelto de los nueve pendientes en materia de militarización. El siguiente corresponde a la ministra Yasmín Esquivel.