/ martes 19 de mayo de 2020

Con amparo buscan suspender conferencias de López-Gatell

La demanda fue impulsada por la Fundación para la Promoción del Altruismo de Óscar David Hernández; lo acusan por no actualizar datos

Una organización civil promovió un amparo para que el Gobierno de México, a través del subsecretario de prevención y Promoción de la Salud, Hugo López-Gatell, deje de realizar las conferencia de prensa vespertinas para informar sobre el avance del Covid-19 en nuestro país.

La demanda impulsada por la Fundación para la Promoción del Altruismo, dirigida por Óscar David Hernández, en la que se alega que Gatell causa desinformación en la sociedad mexicana, fue admitida a trámite por un juzgado federal sin embargo, se rechazó suspender las ruedas de prensa como fue solicitado.

“En el Informe diario sobre Coronavirus se explica de manera gráfica cómo se está comportando la pandemia en el mundo, la tasa de letalidad global, la transmisión o los casos confirmados, la actualización de nuestro panorama nacional, la distribución por entidad federativa, por tasa de incidencia acumulada, por grupo de edad, así como las defunciones, entre otros datos de interés general, lo cual no puede suspenderse ante el cuestionamiento de que los datos proporcionados por los intervinientes no son correctos o actualizados”, señala el acuerdo.

La titular del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, Laura Gutiérrez explicó que, de concederse la suspensión, se impediría mantener informada a la población en México de la situación que impera en el país respecto a la pandemia generada por el virus denominado SARS-CoV2.

“Resulta improcedente conceder la suspensión provisional de los actos reclamados en los términos en los que lo solicita, en virtud a que la conferencia de prensa denominada "Informe diario sobre coronavirus Covid-19 en México", constituye el medio de comunicación oficial establecido por el Gobierno Federal, a fin de tener informada a la población en general de la situación que impera en el país respecto a la pandemia que nos afecta, lo cual incide en el orden público y en el interés social, que resultarían trastocados ante la cancelación de esa conferencia de prensa”, expuso la juzgadora.

Esta resolución inicial de la juzgadora puede ser impugnada por el equipo legal de la fundación mediante un recurso de queja ante un tribunal colegiado en materia administrativa, el cual deberá resolver si la resolución estuvo apegada a derecho.

Según su portal de internet, la Fundación para la Promoción del Altruismo, “desde su origen buscó fomentar la comunicación positiva del trabajo de las organizaciones de la sociedad civil generando una forma de prensa única: el periodismo altruista”.

Incluso señalan que buscan promover el altruismo para coadyuvar con el gobierno en el cumplimiento de la responsabilidad compartida de asistir a las necesidades de auxilio de la sociedad, mediante actos de solidaridad y la asistencia en todas sus formas en favor de los grupos desvalidos y las clases marginadas.



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La demanda impulsada por la Fundación para la Promoción del Altruismo, dirigida por Óscar David Hernández, en la que se alega que Gatell causa desinformación en la sociedad mexicana, fue admitida a trámite por un juzgado federal sin embargo, se rechazó suspender las ruedas de prensa como fue solicitado.

“En el Informe diario sobre Coronavirus se explica de manera gráfica cómo se está comportando la pandemia en el mundo, la tasa de letalidad global, la transmisión o los casos confirmados, la actualización de nuestro panorama nacional, la distribución por entidad federativa, por tasa de incidencia acumulada, por grupo de edad, así como las defunciones, entre otros datos de interés general, lo cual no puede suspenderse ante el cuestionamiento de que los datos proporcionados por los intervinientes no son correctos o actualizados”, señala el acuerdo.

La titular del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, Laura Gutiérrez explicó que, de concederse la suspensión, se impediría mantener informada a la población en México de la situación que impera en el país respecto a la pandemia generada por el virus denominado SARS-CoV2.

“Resulta improcedente conceder la suspensión provisional de los actos reclamados en los términos en los que lo solicita, en virtud a que la conferencia de prensa denominada "Informe diario sobre coronavirus Covid-19 en México", constituye el medio de comunicación oficial establecido por el Gobierno Federal, a fin de tener informada a la población en general de la situación que impera en el país respecto a la pandemia que nos afecta, lo cual incide en el orden público y en el interés social, que resultarían trastocados ante la cancelación de esa conferencia de prensa”, expuso la juzgadora.

Esta resolución inicial de la juzgadora puede ser impugnada por el equipo legal de la fundación mediante un recurso de queja ante un tribunal colegiado en materia administrativa, el cual deberá resolver si la resolución estuvo apegada a derecho.

Según su portal de internet, la Fundación para la Promoción del Altruismo, “desde su origen buscó fomentar la comunicación positiva del trabajo de las organizaciones de la sociedad civil generando una forma de prensa única: el periodismo altruista”.

Incluso señalan que buscan promover el altruismo para coadyuvar con el gobierno en el cumplimiento de la responsabilidad compartida de asistir a las necesidades de auxilio de la sociedad, mediante actos de solidaridad y la asistencia en todas sus formas en favor de los grupos desvalidos y las clases marginadas.



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