/ martes 27 de abril de 2021

El nuevo Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil

Hace unos días los integrantes del Senado de la República discutieron y aprobaron por una mínima diferencia la creación de un Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil que obligará a los mexicanos a entregar casi todos sus datos personales al gobierno y a las empresas de telefonía a cambio de tener acceso a la comunicación celular.

Según estas medidas, ahora para poder adquirir un celular y comunicarse, los interesados deberán proporcionar, además de sus datos generales de identificación, las huellas digitales, fotografías del rostro y algunos otros datos biométricos.

Para comprender el alcance de esta medida, debemos partir de saber que los datos biométricos son aquellos que hacen identificable a una persona de forma única, es decir, podríamos encontrar dos personas con el mismo nombre, pero nunca dos personas con las mismas huellas digitales, mismo registro de voz o rasgos faciales; de este modo, con el padrón que se pretende crear se podrá identificar a cada mexicana y mexicano sin riesgo de duplicidades o confusiones.

La justificación –que me parece válida en lo general- es que ante el uso de teléfonos celulares para cometer delitos, es importante saber quién posee estos dispositivos. Lo que me preocupa es pensar que esta base de datos pueda usarse, en un futuro, para fines distintos a los que hoy se establecen.

Ceder datos tan sensibles como los rostros, huellas dactilares o registros de voz en una base de datos, es –sin duda- riesgoso y peligroso, no por el gobierno en turno, pues retomando lo que explicaba una experta en la materia: no debemos temer al gobierno que conocemos, debemos temer al que no conocemos, al que viene en el futuro y que tendrá acceso a toda esta información.

Ya lo dijo el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) en su comunicado oficial, cuando refiere que el manejo de datos biométricos relacionados a la identidad de una persona requiere del mayor cuidado posible, puesto que cualquier afectación o vulneración podría generar daños significativos de una difícil o imposible reparación, sobre todo, considerando que los datos biométricos hacen referencia a aspectos que permiten ser asociados, de manera única, a una persona y, por ende, constituyen características insustituibles.

Los órganos garantes del derecho humano a la Protección de Datos Personales no estamos en contra de medidas que abonen a la seguridad o el bienestar de la sociedad, pero exigimos que se tomen las medidas requeridas y se analice profundamente si el fin justifica los medios y sobre todo, si se cumplen los principios establecidos en los tratados internacionales.

Hace unos días los integrantes del Senado de la República discutieron y aprobaron por una mínima diferencia la creación de un Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil que obligará a los mexicanos a entregar casi todos sus datos personales al gobierno y a las empresas de telefonía a cambio de tener acceso a la comunicación celular.

Según estas medidas, ahora para poder adquirir un celular y comunicarse, los interesados deberán proporcionar, además de sus datos generales de identificación, las huellas digitales, fotografías del rostro y algunos otros datos biométricos.

Para comprender el alcance de esta medida, debemos partir de saber que los datos biométricos son aquellos que hacen identificable a una persona de forma única, es decir, podríamos encontrar dos personas con el mismo nombre, pero nunca dos personas con las mismas huellas digitales, mismo registro de voz o rasgos faciales; de este modo, con el padrón que se pretende crear se podrá identificar a cada mexicana y mexicano sin riesgo de duplicidades o confusiones.

La justificación –que me parece válida en lo general- es que ante el uso de teléfonos celulares para cometer delitos, es importante saber quién posee estos dispositivos. Lo que me preocupa es pensar que esta base de datos pueda usarse, en un futuro, para fines distintos a los que hoy se establecen.

Ceder datos tan sensibles como los rostros, huellas dactilares o registros de voz en una base de datos, es –sin duda- riesgoso y peligroso, no por el gobierno en turno, pues retomando lo que explicaba una experta en la materia: no debemos temer al gobierno que conocemos, debemos temer al que no conocemos, al que viene en el futuro y que tendrá acceso a toda esta información.

Ya lo dijo el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) en su comunicado oficial, cuando refiere que el manejo de datos biométricos relacionados a la identidad de una persona requiere del mayor cuidado posible, puesto que cualquier afectación o vulneración podría generar daños significativos de una difícil o imposible reparación, sobre todo, considerando que los datos biométricos hacen referencia a aspectos que permiten ser asociados, de manera única, a una persona y, por ende, constituyen características insustituibles.

Los órganos garantes del derecho humano a la Protección de Datos Personales no estamos en contra de medidas que abonen a la seguridad o el bienestar de la sociedad, pero exigimos que se tomen las medidas requeridas y se analice profundamente si el fin justifica los medios y sobre todo, si se cumplen los principios establecidos en los tratados internacionales.

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