/ lunes 22 de julio de 2019

Aprueban objeción de conciencia

Podrán excusarse de participar y/o cooperar en prácticas, métodos o investigaciones que contravengan sus valores

Diputados aprobaron que el personal médico y de enfermería que forme parte del Sistema Estatal de Salud pueda ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la prestación de servicios que establece la Ley General de Salud del Estado de Morelos.

En la última sesión del primer Año Legislativo, la LIV Legislatura otorgó la facultad de ejercer la objeción de conciencia, específicamente “cuando se ponga en riesgo la vida del paciente”, no podrá invocarse dicha negativa, y en caso contrario “se incurrirá en la causal de responsabilidad profesional”.

En la citada adición a la ley, se establece que “el ejercicio de la objeción de conciencia no derivará en ningún tipo de discriminación laboral”.

En marzo de 2018, el Senado de la República aprobó una reforma en la que se establece el personal médico y de enfermería del Sistema Nacional de Salud, podrá ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar y/o cooperar en todos aquellos programas, actividades, prácticas, tratamientos, métodos o investigaciones que contravengan su libertad de conciencia con base en sus valores o principios éticos.

Asimismo, el Congreso de la Unión y las legislaturas de las entidades federativas debían realizar las modificaciones legislativas conforme a lo dispuesto en el decreto, dentro de los 180 días naturales siguientes a su entrada en vigor.

Diputados aprobaron que el personal médico y de enfermería que forme parte del Sistema Estatal de Salud pueda ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la prestación de servicios que establece la Ley General de Salud del Estado de Morelos.

En la última sesión del primer Año Legislativo, la LIV Legislatura otorgó la facultad de ejercer la objeción de conciencia, específicamente “cuando se ponga en riesgo la vida del paciente”, no podrá invocarse dicha negativa, y en caso contrario “se incurrirá en la causal de responsabilidad profesional”.

En la citada adición a la ley, se establece que “el ejercicio de la objeción de conciencia no derivará en ningún tipo de discriminación laboral”.

En marzo de 2018, el Senado de la República aprobó una reforma en la que se establece el personal médico y de enfermería del Sistema Nacional de Salud, podrá ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar y/o cooperar en todos aquellos programas, actividades, prácticas, tratamientos, métodos o investigaciones que contravengan su libertad de conciencia con base en sus valores o principios éticos.

Asimismo, el Congreso de la Unión y las legislaturas de las entidades federativas debían realizar las modificaciones legislativas conforme a lo dispuesto en el decreto, dentro de los 180 días naturales siguientes a su entrada en vigor.

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