/ domingo 15 de octubre de 2023

Ciudadanía puede denunciar actos anticipados de campaña

Quienes cuenten con los suficientes elementos para acusar a servidores o funcionarios públicos por actos anticipados, pueden presentar sus quejas ante el Impepac

La consejera electoral del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac) y presidenta de la comisión de quejas, Elizabeth Martínez Gutiérrez informó que la ciudadanía que cuente con los suficientes elementos para acusar a servidores o funcionarios públicos por actos anticipados de campaña, pueden denunciarlos.

"El artículo 389 del Código Electoral Local, señala que cualquier servidor público, de cualquier índole, puede incurrir en actos anticipados de precampaña e incluso, uso de ciertos recursos públicos... sí así fuera el caso, este Instituto a través de su comisión de quejas y a través de la coordinación de lo contencioso electoral, tendría la facultad de conocer respecto a estos actos, instruirlos y posteriormente pasarlos al Tribunal Electoral del Estado de Morelos, quien resolvería si se cuentan con los elementos suficientes para resolverlos y sancionar al servidor público", explicó.

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Martínez Gutiérrez señaló que para que esto proceda, se debe de contar con elementos mínimos, pero mencionó que dentro de estos elementos no se consideran notas periodísticas.

Asimismo, mencionó que hay otro tipo de publicidad en la cual las investigaciones tienen que ser minuciosas, por ejemplo, aquellas revistas o programas que publicitan alguna entrevista de algún funcionario o aspirante a cargos de elección popular.

"Bajo esa tesitura nosotros como instituto no podemos dictar de manera inmediata las medidas cautelares, estas obligan de manera inmediata el cese de la conducta, pero en este caso en particular, cuando se encuentran publicitados en revistas, libros o en programas de radio, no podemos implementar estas medidas cautelares bajo la apariencia del buen derecho, porque ahí transgrediríamos la libertad de expresión y la libertad de prensa, lo que sí es que no impide que hagamos un análisis sobre la exposición de los posibles candidatos", señaló.

Expuso que es necesario que se corrobore la veracidad de esas entrevistas, es decir, que hayan sido publicadas y que no solo sea publicidad de su imagen; además se tendrá que solicitar al Instituto de Derechos de Autor, si los medios por los cuales fueron publicados tienen un registro y permiso para publicitarlo, de igual forma, se tendrá que analizar si los espacios fueron pagados y de donde provino ese recurso.

Respecto a las quejas que sí procedieron previo y durante el proceso electoral 2023-2024, Martínez Gutiérrez señaló que hasta la fecha suman más de 60 quejas, de las cuales 11 fueron turnadas ya al Tribunal Electoral del Estado de Morelos.

"Sin embargo todavía estamos turnando estas diligencias, hemos turnado al Tribunal un total de 11 quejas, algunas de ellas el tribunal que nos mandata alguna actuación y ésta autoridad procede a requerir de manera inmediata", refirió Martínez Gutiérrez.

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La consejera electoral del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac) y presidenta de la comisión de quejas, Elizabeth Martínez Gutiérrez informó que la ciudadanía que cuente con los suficientes elementos para acusar a servidores o funcionarios públicos por actos anticipados de campaña, pueden denunciarlos.

"El artículo 389 del Código Electoral Local, señala que cualquier servidor público, de cualquier índole, puede incurrir en actos anticipados de precampaña e incluso, uso de ciertos recursos públicos... sí así fuera el caso, este Instituto a través de su comisión de quejas y a través de la coordinación de lo contencioso electoral, tendría la facultad de conocer respecto a estos actos, instruirlos y posteriormente pasarlos al Tribunal Electoral del Estado de Morelos, quien resolvería si se cuentan con los elementos suficientes para resolverlos y sancionar al servidor público", explicó.

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Martínez Gutiérrez señaló que para que esto proceda, se debe de contar con elementos mínimos, pero mencionó que dentro de estos elementos no se consideran notas periodísticas.

Asimismo, mencionó que hay otro tipo de publicidad en la cual las investigaciones tienen que ser minuciosas, por ejemplo, aquellas revistas o programas que publicitan alguna entrevista de algún funcionario o aspirante a cargos de elección popular.

"Bajo esa tesitura nosotros como instituto no podemos dictar de manera inmediata las medidas cautelares, estas obligan de manera inmediata el cese de la conducta, pero en este caso en particular, cuando se encuentran publicitados en revistas, libros o en programas de radio, no podemos implementar estas medidas cautelares bajo la apariencia del buen derecho, porque ahí transgrediríamos la libertad de expresión y la libertad de prensa, lo que sí es que no impide que hagamos un análisis sobre la exposición de los posibles candidatos", señaló.

Expuso que es necesario que se corrobore la veracidad de esas entrevistas, es decir, que hayan sido publicadas y que no solo sea publicidad de su imagen; además se tendrá que solicitar al Instituto de Derechos de Autor, si los medios por los cuales fueron publicados tienen un registro y permiso para publicitarlo, de igual forma, se tendrá que analizar si los espacios fueron pagados y de donde provino ese recurso.

Respecto a las quejas que sí procedieron previo y durante el proceso electoral 2023-2024, Martínez Gutiérrez señaló que hasta la fecha suman más de 60 quejas, de las cuales 11 fueron turnadas ya al Tribunal Electoral del Estado de Morelos.

"Sin embargo todavía estamos turnando estas diligencias, hemos turnado al Tribunal un total de 11 quejas, algunas de ellas el tribunal que nos mandata alguna actuación y ésta autoridad procede a requerir de manera inmediata", refirió Martínez Gutiérrez.

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