/ domingo 1 de agosto de 2021

Con NOM 237, escuelas particulares enfrentan un nuevo desafío

A padres y madres de familia que tienen a sus menores en escuelas particulares ya comienza a preocuparles el tema

La Confederación Nacional de Escuelas Particulares (CNEP), con representación en Morelos, calificó como una “aberración” y una “atrocidad” la Norma Mexicana (NOM), “PROY-NOM-237-SE-2020, Servicios educativos-Disposiciones a las que se sujetarán aquellos particulares que presten servicios en la materia”, ya que sobre regulan la educación privada en el país al tener ya leyes y acuerdos vigentes, detalló la presidenta María de Jesús Zamarripa Guardado, quien acusó de desconocer la intención de publicarla en el Diario Oficial de la Federación sin tener el proceso jurídico que se requiere por lo que ya preparan la defensa legal.

El gobierno federal publicó en mayo de este año el “Proyecto” de la NOM 237 que pretende regular a las instituciones privadas obligándolas a notificar a la Procuraduría de Consumidor (Profeco), los costos de las colegiaturas, inscripción, y demás cuotas, los servicios extraescolares como transporte, servicio de comedor, entre otros que se deben ofrecer sin condicionar los padres de familia.

En la fracción “4.2 Los proveedores sólo pueden cobrar de manera general y obligatoria los conceptos a que se refieren los incisos a) y b) del numeral 4.1.2, garantizando que tales conceptos correspondan a la prestación de todos los servicios necesarios para que el alumno pueda cumplir con los planes y programas de estudios. Por lo cual, queda prohibido establecer tarifas respecto a:

a) Utilización de bibliotecas escolares, laboratorios y demás instalaciones de los establecimientos educativos;

b) Talleres cuya acreditación sea necesaria para aprobar alguno de los cursos contemplados en el costo de la colegiatura; y

c) Uso de materiales y equipo de laboratorio y talleres, así como lo relativo a las actividades de enseñanza y prácticas deportivas.


En caso que el proveedor, posterior a la inscripción del alumno, informe respecto a cursos necesarios para la acreditación de los planes y programas de estudios; éstos serán proporcionados sin costos adicionales para los consumidores”, señala la norma

Las escuelas no podrán cobrar recargos antes de los primeros quince día de cada mes en el pago de la colegiatura, tampoco pueden aumentarla durante el periodo escolar a menos de un acuerdo con los “consumidores” o padres de familia; también señala que “Que la participación en eventos cívicos, sociales o recreativos, organizados o promovidos por los proveedores del servicio educativo, que impliquen gastos adicionales, sean estrictamente voluntarios, sin detrimento de las calificaciones del usuario del servicio; y. No exigir libros, útiles escolares y vestuario nuevo. Sólo pueden requerir que los libros correspondan a ediciones actualizadas y que los útiles y vestuario conserven un estado adecuado para el desarrollo de las actividades escolares.

Tampoco podrán obligar a adquirir uniformes nuevos, y estos deberán tener por lo menos una vigencia de cinco ciclos escolares consecutivos, si por alguna causa el estudiante deja de acudir al plantel la escuela debe entregar la documentación original que corresponda, la obligatoriedad de un Contrato de Adhesión que deberá registrar ante la Profeco.

Lo anterior son aspectos que ya se tiene el “ACUERDO que establece las bases mínimas de información para la comercialización de los servicios educativos que prestan los particulares”, publicado el 10 de marzo de 1992, y el cual sigue vigente.

Pero en esta nueva NOM 237 también contemplan otros rubros como la “Evaluación de Conformidad” de la que estará a cargo la Profeco, que a su vez generará un costo que deberán asumir los proveedores que a cambio obtendrán “El Dictamen de verificación y la Constancia de Cumplimiento se deben revalidar cada dos años o antes, en caso de modificaciones a las condiciones en que originalmente se otorgó”.

Si bien los planteles no estarán obligados a dejar de prestar sus servicios si no obtienen dichos documentos, si tendrán que acatar las sanciones correspondientes, realizando procesos de vigilancia cada que lo disponga.

Sobre ello Zamarripa Guardado, refirió que esto invade las funciones de la Secretaría de Educación Pública (SEP), al ser quien debe regularlos y no la Secretaría de Economía quien evalúa al sector como un fin plenamente comercial.

“Con esta Norma es muy posible que escuelas pequeñas que realizan un gran esfuerzo en servir en contextos marginados o en zonas rurales, donde no hay otras opciones, desaparezcan. También, aumentará la colegiatura ya que habrá duplicidad de procesos e impuestos ante diferentes instancias administrativas. La NOM obliga a no elegir la inversión en tecnología y programas educativos frente al cumplimiento administrativo, lo que restará calidad en el servicio. Por lo que limita las oportunidades a las niñas y niños de nuestro país a acceder a nuevas tecnologías, mayor competitividad y más herramientas para el futuro, cada vez más complejo ante el mercado y competencia global”.

Dijo que es el peor momento de crear nuevos cobros cuando alrededor de un 20% de las escuelas particulares están en riesgo de cerrar por la pandemia, y se estima que este porcentaje se incremente en los próximos meses “además de que habrá un aumento en las colegiaturas, no te puedo decir exactamente, pero se calcula entre los 50 mil y los 200 mil pesos al año”.

“Pareciera que nos ven como enemigos, si yo como escuela privada digo basta de Normas y cierro me hago una pregunta, el estado tiene capacidad de atender a todos los estudiantes, tendrán la capacidad de una educación de calidad, si en la actualidad estamos hablando de que un 70% de los estudiantes del medio superior no han hecho una sola evaluación y ya están siendo calificados”, dijo la empresaria quien advirtió que no permitirán que esta NOM sea una realidad y en su lugar buscarán la vía jurídica.

En este contexto padres y madres de familia que tienen a sus menores en escuelas particulares ya comienza a preocuparles el tema, sobre todo por la advertencia de subirles el monto de las colegiaturas e inscripción.

“No creo que es el momento para que haya aumento en las colegiaturas porque muchos se han quedado sin trabajo, o les han disminuido el salario entonces si estamos haciendo un esfuerzo al doble por tener a nuestros hijos en las escuelas yo creo que con esto desistiríamos”, dijo Pamela Rodríguez, quien desde la etapa de primaria tiene a su hija en una escuela privada.

Comparte que la educación pública no ha sido una opción para su familia “he conocido amigos de mi hija que han tenido problemas de violencia en su plantel no voy a arriesgar a mi hija de esa manera”.

Docentes que laboran en escuelas privadas que han sobrevivido a la deserción escolar se dicen preocupados ante esta nueva advertencia pues muchas de las escuelas podrían cerrar al no tener cómo hacer frente tales conceptos.




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La Confederación Nacional de Escuelas Particulares (CNEP), con representación en Morelos, calificó como una “aberración” y una “atrocidad” la Norma Mexicana (NOM), “PROY-NOM-237-SE-2020, Servicios educativos-Disposiciones a las que se sujetarán aquellos particulares que presten servicios en la materia”, ya que sobre regulan la educación privada en el país al tener ya leyes y acuerdos vigentes, detalló la presidenta María de Jesús Zamarripa Guardado, quien acusó de desconocer la intención de publicarla en el Diario Oficial de la Federación sin tener el proceso jurídico que se requiere por lo que ya preparan la defensa legal.

El gobierno federal publicó en mayo de este año el “Proyecto” de la NOM 237 que pretende regular a las instituciones privadas obligándolas a notificar a la Procuraduría de Consumidor (Profeco), los costos de las colegiaturas, inscripción, y demás cuotas, los servicios extraescolares como transporte, servicio de comedor, entre otros que se deben ofrecer sin condicionar los padres de familia.

En la fracción “4.2 Los proveedores sólo pueden cobrar de manera general y obligatoria los conceptos a que se refieren los incisos a) y b) del numeral 4.1.2, garantizando que tales conceptos correspondan a la prestación de todos los servicios necesarios para que el alumno pueda cumplir con los planes y programas de estudios. Por lo cual, queda prohibido establecer tarifas respecto a:

a) Utilización de bibliotecas escolares, laboratorios y demás instalaciones de los establecimientos educativos;

b) Talleres cuya acreditación sea necesaria para aprobar alguno de los cursos contemplados en el costo de la colegiatura; y

c) Uso de materiales y equipo de laboratorio y talleres, así como lo relativo a las actividades de enseñanza y prácticas deportivas.


En caso que el proveedor, posterior a la inscripción del alumno, informe respecto a cursos necesarios para la acreditación de los planes y programas de estudios; éstos serán proporcionados sin costos adicionales para los consumidores”, señala la norma

Las escuelas no podrán cobrar recargos antes de los primeros quince día de cada mes en el pago de la colegiatura, tampoco pueden aumentarla durante el periodo escolar a menos de un acuerdo con los “consumidores” o padres de familia; también señala que “Que la participación en eventos cívicos, sociales o recreativos, organizados o promovidos por los proveedores del servicio educativo, que impliquen gastos adicionales, sean estrictamente voluntarios, sin detrimento de las calificaciones del usuario del servicio; y. No exigir libros, útiles escolares y vestuario nuevo. Sólo pueden requerir que los libros correspondan a ediciones actualizadas y que los útiles y vestuario conserven un estado adecuado para el desarrollo de las actividades escolares.

Tampoco podrán obligar a adquirir uniformes nuevos, y estos deberán tener por lo menos una vigencia de cinco ciclos escolares consecutivos, si por alguna causa el estudiante deja de acudir al plantel la escuela debe entregar la documentación original que corresponda, la obligatoriedad de un Contrato de Adhesión que deberá registrar ante la Profeco.

Lo anterior son aspectos que ya se tiene el “ACUERDO que establece las bases mínimas de información para la comercialización de los servicios educativos que prestan los particulares”, publicado el 10 de marzo de 1992, y el cual sigue vigente.

Pero en esta nueva NOM 237 también contemplan otros rubros como la “Evaluación de Conformidad” de la que estará a cargo la Profeco, que a su vez generará un costo que deberán asumir los proveedores que a cambio obtendrán “El Dictamen de verificación y la Constancia de Cumplimiento se deben revalidar cada dos años o antes, en caso de modificaciones a las condiciones en que originalmente se otorgó”.

Si bien los planteles no estarán obligados a dejar de prestar sus servicios si no obtienen dichos documentos, si tendrán que acatar las sanciones correspondientes, realizando procesos de vigilancia cada que lo disponga.

Sobre ello Zamarripa Guardado, refirió que esto invade las funciones de la Secretaría de Educación Pública (SEP), al ser quien debe regularlos y no la Secretaría de Economía quien evalúa al sector como un fin plenamente comercial.

“Con esta Norma es muy posible que escuelas pequeñas que realizan un gran esfuerzo en servir en contextos marginados o en zonas rurales, donde no hay otras opciones, desaparezcan. También, aumentará la colegiatura ya que habrá duplicidad de procesos e impuestos ante diferentes instancias administrativas. La NOM obliga a no elegir la inversión en tecnología y programas educativos frente al cumplimiento administrativo, lo que restará calidad en el servicio. Por lo que limita las oportunidades a las niñas y niños de nuestro país a acceder a nuevas tecnologías, mayor competitividad y más herramientas para el futuro, cada vez más complejo ante el mercado y competencia global”.

Dijo que es el peor momento de crear nuevos cobros cuando alrededor de un 20% de las escuelas particulares están en riesgo de cerrar por la pandemia, y se estima que este porcentaje se incremente en los próximos meses “además de que habrá un aumento en las colegiaturas, no te puedo decir exactamente, pero se calcula entre los 50 mil y los 200 mil pesos al año”.

“Pareciera que nos ven como enemigos, si yo como escuela privada digo basta de Normas y cierro me hago una pregunta, el estado tiene capacidad de atender a todos los estudiantes, tendrán la capacidad de una educación de calidad, si en la actualidad estamos hablando de que un 70% de los estudiantes del medio superior no han hecho una sola evaluación y ya están siendo calificados”, dijo la empresaria quien advirtió que no permitirán que esta NOM sea una realidad y en su lugar buscarán la vía jurídica.

En este contexto padres y madres de familia que tienen a sus menores en escuelas particulares ya comienza a preocuparles el tema, sobre todo por la advertencia de subirles el monto de las colegiaturas e inscripción.

“No creo que es el momento para que haya aumento en las colegiaturas porque muchos se han quedado sin trabajo, o les han disminuido el salario entonces si estamos haciendo un esfuerzo al doble por tener a nuestros hijos en las escuelas yo creo que con esto desistiríamos”, dijo Pamela Rodríguez, quien desde la etapa de primaria tiene a su hija en una escuela privada.

Comparte que la educación pública no ha sido una opción para su familia “he conocido amigos de mi hija que han tenido problemas de violencia en su plantel no voy a arriesgar a mi hija de esa manera”.

Docentes que laboran en escuelas privadas que han sobrevivido a la deserción escolar se dicen preocupados ante esta nueva advertencia pues muchas de las escuelas podrían cerrar al no tener cómo hacer frente tales conceptos.




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