/ miércoles 27 de octubre de 2021

Diputada promueve reforma a Ley del Servicio Civil del Estado

Érika Hernández Gordillo, legisladora del RSP, busca que empleados públicos tengan cinco días de descanso cuando un familiar cercano muera

Una iniciativa de reforma a la Ley del Servicio Civil del Estado para que las y los empleados públicos puedan gozar de cinco días hábiles de descanso cuando un familiar cercano muera, es la propuesta que impulsa la diputada del Partido Redes Sociales Progresistas (RSP), Érika Hernández Gordillo.

“Sobrellevar la pérdida de un familiar podría ser uno de los mayores retos que puede enfrentar el ser humano; la muerte de la pareja, madre, padre, un hermano o un hijo, puede causar un dolor especialmente profundo y lacerante, que implica un desequilibrio emocional, físico y psicológico", expuso la legisladora en tribuna.

Agregó que son varias las etapas de duelo que se deben atravesar para superar la pérdida de un familiar. La principal y más sofocante es el estado de shock, el cual es un mecanismo de defensa que el cuerpo “activa” y que puede durar hasta meses.

La propuesta de la legisladora es que los trabajadores puedan tener tiempo para llevar a cabo tareas que conllevan la muerte de un familiar, como el funeral, sepelio, y demás eventos religiosos cuando acontece un hecho que para muchos resulta “devastadora”.

La iniciativa busca contribuir a una sociedad más humanizada, sobre todo en estos tiempos de pandemia en donde se obliga a un familiar a morir solo en una cama de hospital.

Actualmente, la Ley del Servicio Civil del Estado vigente, no contempla el permiso o licencia por muerte de un familiar cercano, contrario a ello, sí se considera como un permiso especial como lo es el nacimiento de un hijo o adopción, (licencia por maternidad o paternidad), por lo tanto, el ser éste tema también de índole familiar y que impacta directamente en la vida del trabajador, es necesario que se les reconozca este derecho y se otorgue un lapso de tiempo suficiente que les permita recuperarse de este suceso, abundó Hernández Gordillo.

La iniciativa contempla reformar la Fracción VI del artículo 54 de dicha ley, y se adiciona el artículo 55 E, para que los trabajadores puedan gozar de un periodo descanso (cinco díaa) con el disfrute del salario en caso de que algunos de sus padres, hijos, hermanos, cónyuge, concubina, o concubinario muera.

Tal derecho será “irrenunciable” y podrán comprobarse hasta 15 días después de lo sucedido, el periodo de descanso comenzará desde el día de la defunción del familiar, con base en la propuesta de reforma.


Una iniciativa de reforma a la Ley del Servicio Civil del Estado para que las y los empleados públicos puedan gozar de cinco días hábiles de descanso cuando un familiar cercano muera, es la propuesta que impulsa la diputada del Partido Redes Sociales Progresistas (RSP), Érika Hernández Gordillo.

“Sobrellevar la pérdida de un familiar podría ser uno de los mayores retos que puede enfrentar el ser humano; la muerte de la pareja, madre, padre, un hermano o un hijo, puede causar un dolor especialmente profundo y lacerante, que implica un desequilibrio emocional, físico y psicológico", expuso la legisladora en tribuna.

Agregó que son varias las etapas de duelo que se deben atravesar para superar la pérdida de un familiar. La principal y más sofocante es el estado de shock, el cual es un mecanismo de defensa que el cuerpo “activa” y que puede durar hasta meses.

La propuesta de la legisladora es que los trabajadores puedan tener tiempo para llevar a cabo tareas que conllevan la muerte de un familiar, como el funeral, sepelio, y demás eventos religiosos cuando acontece un hecho que para muchos resulta “devastadora”.

La iniciativa busca contribuir a una sociedad más humanizada, sobre todo en estos tiempos de pandemia en donde se obliga a un familiar a morir solo en una cama de hospital.

Actualmente, la Ley del Servicio Civil del Estado vigente, no contempla el permiso o licencia por muerte de un familiar cercano, contrario a ello, sí se considera como un permiso especial como lo es el nacimiento de un hijo o adopción, (licencia por maternidad o paternidad), por lo tanto, el ser éste tema también de índole familiar y que impacta directamente en la vida del trabajador, es necesario que se les reconozca este derecho y se otorgue un lapso de tiempo suficiente que les permita recuperarse de este suceso, abundó Hernández Gordillo.

La iniciativa contempla reformar la Fracción VI del artículo 54 de dicha ley, y se adiciona el artículo 55 E, para que los trabajadores puedan gozar de un periodo descanso (cinco díaa) con el disfrute del salario en caso de que algunos de sus padres, hijos, hermanos, cónyuge, concubina, o concubinario muera.

Tal derecho será “irrenunciable” y podrán comprobarse hasta 15 días después de lo sucedido, el periodo de descanso comenzará desde el día de la defunción del familiar, con base en la propuesta de reforma.


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