/ miércoles 6 de noviembre de 2019

Reinserción social tiene horas para informar sobre suspensión en traslado de reos

De no hacerlo será acreedor a multa económica y más; más internos interponen amparos para evitar ser reubicados de Atlacholoaya

Tras las riñas mortales del pasado 29 y 30 de octubre en el Centro de Reinserción Social "Morelos", ubicado en Atlacholoaya, varios internos promovieron amparos a fin de evitar su trasladado de celda y /o de centro penitenciario.

No obstante, este miércoles, el secretario de Gobierno Pablo Ojeda confirmó que ese día 36 internos fueron trasladados, temporalmente, al penal de Jonacatepec en espera de ser reubicados a penales de máxima seguridad en el país.

El secretario explicó que Atlacholoaya es un penal de seguridad media por lo que no es el adecuado para ese tipo de internos.

En paralelo, y como seguimiento a los recursos interpuestos por los internos, un juzgado solicitó a las autoridades estatales involucradas informes relativos a la suspensión concedida.


La mayoría de dichos informes se entregaron, a excepción del que debía proporcionar el director del Cereso "Morelos". Por esto, el juez segundo de distrito lo emplazó a cumplir con lo solicitado:


... se advierte que no obra el informe relativo a la suspensión de plano concedida por este Juzgado y solicitado a la autoridad responsable Director del Centro de Reinserción Social "Morelos". Por consiguiente, se requiere a la citada autoridad para que en el término de veinticuatro horas siguientes contadas a partir de la notificación del presente proveído, informe lo relativo a la suspensión de plano concedida en proveído de treinta de octubre del presente año; con el apercibimiento que de no rendir el informe solicitado o lo haga sin remitir, en su caso, copia certificada completa y legible de las constancias necesarias, se le impondrá a la autoridad omisa, una multa de cincuenta Unidades de Medida y Actualización, con fundamento en el artículo 260, fracción II, de la Ley de Amparo


El juez previene que de no cumplir con lo ordenado se podría incurrir en desacato.

Las riñas dejaron un saldo de siete reos asesinados y una decena de heridos, y por esto al menos siete reos consiguieron suspensiones provisionales que habrían impedido su reubicación hacia otros centros penitenciarios.

Este miércoles se han sumado nuevos recursos interpuestos por más internos en los juzgados y a quienes, al menos en uno de los casos, se les ha concedido la suspensión parcial.

Tras las riñas mortales del pasado 29 y 30 de octubre en el Centro de Reinserción Social "Morelos", ubicado en Atlacholoaya, varios internos promovieron amparos a fin de evitar su trasladado de celda y /o de centro penitenciario.

No obstante, este miércoles, el secretario de Gobierno Pablo Ojeda confirmó que ese día 36 internos fueron trasladados, temporalmente, al penal de Jonacatepec en espera de ser reubicados a penales de máxima seguridad en el país.

El secretario explicó que Atlacholoaya es un penal de seguridad media por lo que no es el adecuado para ese tipo de internos.

En paralelo, y como seguimiento a los recursos interpuestos por los internos, un juzgado solicitó a las autoridades estatales involucradas informes relativos a la suspensión concedida.


La mayoría de dichos informes se entregaron, a excepción del que debía proporcionar el director del Cereso "Morelos". Por esto, el juez segundo de distrito lo emplazó a cumplir con lo solicitado:


... se advierte que no obra el informe relativo a la suspensión de plano concedida por este Juzgado y solicitado a la autoridad responsable Director del Centro de Reinserción Social "Morelos". Por consiguiente, se requiere a la citada autoridad para que en el término de veinticuatro horas siguientes contadas a partir de la notificación del presente proveído, informe lo relativo a la suspensión de plano concedida en proveído de treinta de octubre del presente año; con el apercibimiento que de no rendir el informe solicitado o lo haga sin remitir, en su caso, copia certificada completa y legible de las constancias necesarias, se le impondrá a la autoridad omisa, una multa de cincuenta Unidades de Medida y Actualización, con fundamento en el artículo 260, fracción II, de la Ley de Amparo


El juez previene que de no cumplir con lo ordenado se podría incurrir en desacato.

Las riñas dejaron un saldo de siete reos asesinados y una decena de heridos, y por esto al menos siete reos consiguieron suspensiones provisionales que habrían impedido su reubicación hacia otros centros penitenciarios.

Este miércoles se han sumado nuevos recursos interpuestos por más internos en los juzgados y a quienes, al menos en uno de los casos, se les ha concedido la suspensión parcial.

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