/ jueves 10 de agosto de 2023

Derechos Humanos controvierte duración de presidencia del TSJ

La CDHM presentó una acción inconstitucional ante la SCJN en contra de aumentar de 2 a 4 años la duración de la presidencia del Tribunal Superior de Justicia

La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos (CDHM) presentó el recurso de acción inconstitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de la aprobación de aumentar de dos a cuatro años la duración de la presidencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ).

A través de un comunicado, el organismo autónomo confirmó que dicho recurso jurídico quedó admitido bajo el expediente 170/2023.

Se explicó que dicha acción va “contra el artículo Tercero Transitorio del decreto número mil doscientos treinta (1230) publicitado en el Periódico Oficial 'Tierra y Libertad' en su edición número 6206, de fecha 05 de julio de 2023, por el que se derogan y reforman dos numerales de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, que extiende el periodo de la presidencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de dos a cuatro años”.

La CDHM considera que esta determinación, aprobada desde el Congreso local, “contraviene los principios de legalidad, seguridad jurídica, división de poderes e independencia judicial, en perjuicio de la ciudadanía y del propio Poder Judicial”.

En el escrito se agrega que la designación de quien ocupa la presidencia del TSJ es competencia exclusiva de este y no así de algún otro poder o ente del estado”.

De igual forma se explica que esto tendría subordinado al Poder Judicial a tener un presidente por dos años más sin que las y los integrantes del pleno, las y los magistrados, definan esta situación, lo que considera la CDHM como un acto antidemócrata.

“Por lo que, al estar ante una clara intromisión a la vida interna de ese Tribunal en perjuicio de su autonomía e independencia judicial, lo cual resulta esencial para una debida impartición de justicia al permitir la toma de decisiones de manera imparcial y libre de influencias políticas, esta Comisión de Derechos Humanos, en ejercicio de sus atribuciones conferidas en el artículo 105 fracción II, inciso g) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, determinó demandar la inconstitucionalidad del señalado artículo Tercero Transitorio”, señala el comunicado.

Esta no es la primera acción que presenta el organismo defensor de derechos humanos ante la máxima corte del país, pues antes fue contra la Ley de Videovigilancia, el presupuesto de egresos 2021, así como la de educación también en el año 2021.


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A través de un comunicado, el organismo autónomo confirmó que dicho recurso jurídico quedó admitido bajo el expediente 170/2023.

Se explicó que dicha acción va “contra el artículo Tercero Transitorio del decreto número mil doscientos treinta (1230) publicitado en el Periódico Oficial 'Tierra y Libertad' en su edición número 6206, de fecha 05 de julio de 2023, por el que se derogan y reforman dos numerales de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, que extiende el periodo de la presidencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de dos a cuatro años”.

La CDHM considera que esta determinación, aprobada desde el Congreso local, “contraviene los principios de legalidad, seguridad jurídica, división de poderes e independencia judicial, en perjuicio de la ciudadanía y del propio Poder Judicial”.

En el escrito se agrega que la designación de quien ocupa la presidencia del TSJ es competencia exclusiva de este y no así de algún otro poder o ente del estado”.

De igual forma se explica que esto tendría subordinado al Poder Judicial a tener un presidente por dos años más sin que las y los integrantes del pleno, las y los magistrados, definan esta situación, lo que considera la CDHM como un acto antidemócrata.

“Por lo que, al estar ante una clara intromisión a la vida interna de ese Tribunal en perjuicio de su autonomía e independencia judicial, lo cual resulta esencial para una debida impartición de justicia al permitir la toma de decisiones de manera imparcial y libre de influencias políticas, esta Comisión de Derechos Humanos, en ejercicio de sus atribuciones conferidas en el artículo 105 fracción II, inciso g) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, determinó demandar la inconstitucionalidad del señalado artículo Tercero Transitorio”, señala el comunicado.

Esta no es la primera acción que presenta el organismo defensor de derechos humanos ante la máxima corte del país, pues antes fue contra la Ley de Videovigilancia, el presupuesto de egresos 2021, así como la de educación también en el año 2021.


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