/ miércoles 3 de enero de 2024

Hasta cinco años de cárcel por promover o ejercer terapias de conversión

Luego de que el Congreso de Morelos aprobara la reforma al Código Penal del estado, las terapias de conversión serán sancionadas con dos y hasta cinco años de cárcel

Con la aprobación del Código Penal en Morelos se sancionará a quien promueva, ejerza y/o practique terapias de conversión en contra de personas de la comunidad LGBTQ+ con dos y hasta cinco años de cárcel.

Isidro Añorve Sánchez, integrante de la comunidad de la diversidad sexual y jefe de departamento de Diversidad Sexual del Ayuntamiento de Cuernavaca informó que en la última sesión del primer periodo ordinario del tercer año legislativo, los diputados locales aprobaron la reforma al Código Penal para tipificar las llamadas terapias de conversión.

Sigue leyendo: Terapias de conversión serán castigadas

Por lo que se reformó el artículo 212, que prohíbe y se sanciona a quien promueva, ejerza o practique terapias de conversión en contra de personas de la diversidad sexual.

"Con esta nueva reforma Morelos se convierte en el estado número 18 en aprobarlo. Desde la diversidad sexual nosotros celebramos este gran avance, creemos que es una gran reforma, pero también necesitamos se aplique y las personas sepan de quienes sufren estás mal llamadas terapias de conversión ahora lo pueden denunciar", expresó Añorve Sánchez.

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Las personas que sean sometidas a este tipo de terapias podrán presentar una denuncia penal ante la Fiscalía General del Estado (FGE) de Morelos, ya que este tipo de procedimientos son violentos, discriminatorias y ejercen un trato inhumano.

El capítulo V, en su artículo 212 establece: "A quien obligue a otro a recibir una terapia de conversión sin su consentimiento, se le impondrá de uno a cinco años de prisión y de cincuenta a cien horas de trabajo en favor de la comunidad. Este delito se perseguirá por querella".

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Con la aprobación del Código Penal en Morelos se sancionará a quien promueva, ejerza y/o practique terapias de conversión en contra de personas de la comunidad LGBTQ+ con dos y hasta cinco años de cárcel.

Isidro Añorve Sánchez, integrante de la comunidad de la diversidad sexual y jefe de departamento de Diversidad Sexual del Ayuntamiento de Cuernavaca informó que en la última sesión del primer periodo ordinario del tercer año legislativo, los diputados locales aprobaron la reforma al Código Penal para tipificar las llamadas terapias de conversión.

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Por lo que se reformó el artículo 212, que prohíbe y se sanciona a quien promueva, ejerza o practique terapias de conversión en contra de personas de la diversidad sexual.

"Con esta nueva reforma Morelos se convierte en el estado número 18 en aprobarlo. Desde la diversidad sexual nosotros celebramos este gran avance, creemos que es una gran reforma, pero también necesitamos se aplique y las personas sepan de quienes sufren estás mal llamadas terapias de conversión ahora lo pueden denunciar", expresó Añorve Sánchez.

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Las personas que sean sometidas a este tipo de terapias podrán presentar una denuncia penal ante la Fiscalía General del Estado (FGE) de Morelos, ya que este tipo de procedimientos son violentos, discriminatorias y ejercen un trato inhumano.

El capítulo V, en su artículo 212 establece: "A quien obligue a otro a recibir una terapia de conversión sin su consentimiento, se le impondrá de uno a cinco años de prisión y de cincuenta a cien horas de trabajo en favor de la comunidad. Este delito se perseguirá por querella".

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