Para empezar sus bienes tendrán un destino incierto, porque ante la suplencia de la voluntad de usted por la ley, la misma atendiendo al parentesco y con la regla de que los más cercanos excluyen a los más lejanos,
Tendrá como consecuencia que lo que a usted tanto trabajo le costó tener, acumular, administrar en su vida, será la ley la que lo determine a través de la sucesión legítima.
Sus descendientes, sin metáforas, se matarán por la herencia; la lucha será campal; cada uno nombrará un abogado; se valdrán todas las argucias legales e incluso los errores legislativos, para que los bienes se queden con el que tenga el mejor defensor jurídico.
No testar, que además es muy barato y ahorra problemas, deteriora los vínculos familiares, sean consanguíneos o por afinidad; si bien en este último no hay derecho a heredar, los parientes, los que estén mejor asesorados, o los que no les importa su familia hará lo que sea para quedarse con todo o una parte de los bienes; una vez que usted fue omiso en no testar, la ley ordenará, y no usted, a quién le tocan sus bienes; sus derechos; de qué manera deben repartirse; porque es innegable que cada testador tiene sus predilectos, sus consentidos, sus deberes, sus obligaciones, sus sentimientos, su convicción, de que el esfuerzo realizado en la vida y la acumulación de los bienes si usted testa, ahora sí, les parezca o no a sus herederos, será la expresión libre, razonada, importante de su última voluntad, para que la familia permanezca unida y los bienes después de otorgar un testamento correctamente vayan a quienes usted haya escogido.
Los honorarios son elevados en el Derecho Sucesorio; además si no hay testamento y se desata una lucha fratricida y filicida en la familia, cada quien tendrá un abogado que deberá pagarlo por sí mismo, parte de esa herencia se irán en honorarios; en gastos y por supuesto de los impuestos cuando se transmita el dominio de los bienes a los herederos; porque además si usted testa hágalo con un Notario, Maestro de Derecho Civil y Derecho Familiar, Derecho Fiscal, Derecho Administrativo, para tener la certeza jurídica de que lo que usted ordenó en el testamento se va a cumplir.
Sino testa los bienes irán a las manos de quienes usted no quería como herederos; y reitero, repartir por mandato legal y no por la voluntad del testador será manzana permanente de la discordia, y de reparto porcentual de los bienes; la familia sufrirá y será por un largo tiempo, a usted sus parientes lo recordarán siempre como un irresponsable y descuidado, que no pensó en sus seres queridos y en evitarles problemas legales y familiares.
Usted debe saber que no proteger a su familia será grave para ella, y los recuerdos de su persona serán desastrosos y de lástima; y además, quizá sea lo más trascendente en este artículo, que usted tenga la certeza jurídica, familiar, social y personal, de que sus bienes se han repartido de acuerdo a la expresión de su última voluntad.
CONCLUSIÓN.
Teste. Acuda con un buen Notario. Testar es barato y fácil. Al extremo de que si no hay escrituras, si hay bienes y no se conoce más de nada, usted se apersona, o va con el Notario, expresa su voluntad y le dice “Los bienes que tenga en el momento de mi fallecimiento quiero que se repartan de esta manera” y usted no tendrá más gastos ni mayores problemas; y sobre todo su familia quedará protegida como usted lo hizo durante toda su vida.
Profesor de Carrera, con 54 años de Cátedra ininterrumpida en Derecho Civil y Derecho Familiar, en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México.